Sistemas elementales de control de riesgos

1. PROTECCIÓN COLECTIVA

La protección colectiva es la técnica que protege frente a los riesgos que no se han podido evitar o reducir. También protege simultáneamente a más de una persona.

Ejemplos de protecciones colectivas:

  • Barandillas.  Colocadas para evitar caídas a distinto nivel. Se pondrán en escaleras con más de 4 peldaños y en altillos o para cubrir huecos, etc. Deben ser de materiales rígidos y resistentes, y tendrán una altura mínima de 90 cm. Deben estar provistas de listón intermedio y de rodapié.

  • Resguardos. Componentes de una máquina utilizados como barrera material para garantizar la protección. Por ejemplo, cubiertas, pantallas, carcasas, barreras, tapas, etc.

  • Interruptor diferencial. Ya hemos visto que es un dispositivo de seguridad que desconecta automáticamente la instalación cuando se produce una derivación de una intensidad superior a la establecida previamente.

  • Ventilación general. Como medida de protección colectiva. Solo se considera útil en aquellos casos en los que el contaminante es de baja toxicidad y se encuentra en pequeñas cantidades. Es una medida a emplear en aquellos locales en los que se pretende básicamente eliminar el aire viciado (cocinas, oficinas, etc.).

  • Ventilación localizada o extracción localizada. Se caracteriza porque capta el contaminante en el mismo punto donde se genera evitando que se difunda al ambiente. Es el sistema que se utiliza, por ejemplo, para atrapar los humos de soldadura.

  • Encerramiento. Para procesos peligrosos. En algunas ocasiones se puede encerrar el proceso productivo o la máquina para evitar una situación de riesgo para el trabajador.

La adopción de protecciones colectivas surge con la realización de la evaluación de riesgos y de la planificación. Si tras ellas se observa la necesidad de adoptar medidas preventivas, antes que las protecciones individuales, se debe recurrir a la colectiva.

2. PROTECCIÓN INDIVIDUAL

La protección individual constituye la última barrera entre el hombre y el riesgo, y por ello su utilización se hace imprescindible frente a la existencia de situaciones de riesgo que atenten contra la salud del trabajador. La protección individual no debe ser la solución primera ni la idónea para proteger la salud del trabajador, sino lo contrario: algo complementario a la protección colectiva. La protección colectiva se diseña y aplica con el fin de eliminar la situación de riesgo, mientras que la individual no tiene nunca por finalidad eliminar el riesgo ni tan siquiera disminuir la situación de riesgo, sino que tan sólo pretende eliminar o, en su defecto, mitigar las consecuencias que para la salud del trabajador se derivan de aquella situación.

En los puestos de trabajo que sea necesario el trabajador debe utilizar los EPI más adecuados a los riesgos.

El equipo de protección individual se define como cualquier equipo destinado a ser llevado o sujetado por el trabajador para que le proteja de uno o varios riesgos, que puedan amenazar su seguridad o su salud en el trabajo, así como cualquier complemento o accesorio destinado a tal fin.

El RD 773/1997, establece las disposiciones mínimas de seguridad y salud relativas a la utilización por los trabajadores de equipos de protección individual. Se especifica la obligación del empresario de determinar los puestos de trabajo en los que deba recurrirse a la protección individual, elegir los EPIs conforme a dicho decreto, proporcionarlos a los trabajadores de forma gratuita y velar por la utilización de los mismos y por su adecuado mantenimiento, informar y formar sobre su uso y manejo.

Este tipo de protección debe utilizarse sólo cuando los riesgos no se han podido evitar a través de otras medidas preventivas o se usará como complemento de otras medidas.

Esta limitación de uso se justifica porque la protección personal deja la situación ambiental tal y como estaba, sin modificarla, y por lo tanto sin mejorarla, y si existe un contaminante en el ambiente, permanecerá en la misma concentración e intensidad.

El equipo de protección personal individual, protege al individuo frente a riesgos que actúan preferentemente sobre partes o zonas concretas del cuerpo.

En el siguiente cuadro se muestran los equipos de protección individual según la parte del cuerpo que protegen:

A la hora de la elección de los EPIs se debe tener en cuenta:

  • Elegir el más eficaz frente a los riesgos que ha de proteger sin introducir otros nuevos.

  • El trabajador tiene el derecho de participar en su elección

  • Informar al trabajador sobre las tareas donde debe usarlo y sobre la forma de utilizarlos.

El trabajador además tiene la obligación de limpiarlos con regularidad, guardarlos en un lugar limpio y seco después de su uso y de informar cuando esté deteriorado o roto.

Los EPIs son de uso personal, es decir, se asignará y entregará un equipo de protección determinado a quien lo precise pero sólo será utilizado por el trabajador, es decir, no deben utilizar el mismo equipo diferentes personas. La práctica muy extendida de utilizar un mismo equipo, por ejemplo, los guantes de limpieza, por todo el personal de limpieza, es desaconsejable por principios higiénicos, pero además porque el uso individual asegura su conservación de forma más correcta que cuando el equipo es utilizado por varios trabajadores.